CoCENS
El Consejo de Certificación del Esquema Nacional de Seguridad (CoCENS) es un órgano colegiado, regulado por lo dispuesto en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y lo establecido en la Guía CCN-STIC 809 de Declaración y Certificación de Conformidad con el ENS.
El CoCENS fue creado como órgano que incorporara a todas las partes, ayudara a la adecuada implantación del ENS y, en consecuencia, a una mejor prestación de los servicios públicos, que es uno de los objetivos más importantes del Esquema Nacional de Seguridad. Se reúne, como mínimo, una vez al año para dar respuesta a las necesidades derivadas de su misión.
Son atribuciones permanentes del Consejo de Certificación del ENS:
Miembros permanentes:
Que podrá asumir la presidencia del Consejo de Certificación del ENS por delegación del Director del CCN.
Con categoría de Subdirector General o Subdirector Adjunto, y cuyo nombramiento y asistencia solicitará el CCN.
O en quién este delegue, y cuyo nombramiento y asistencia solicitará el CCN.
Miembros no permanentes:
Reconocida por el CCN o Entidad de Certificación del ENS acreditada por ENAC.
Que, por razón de su experiencia o vinculación con la Certificación del ENS puedan ser llamados a las reuniones del Consejo.
